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SPOT LABORAL 6 - 7 de Juio

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SPOT LABORAL 4 : 16 de Junio 2020

DESCARGAR PRESENTACIÓN CLICK ACÁ   Actualización Normativa :  Marcelo Aquino    Política de Beneficios :   Maria Florencia De Donatis   CONSULTAS:  ­­ •  Para Marcelo: Podemos contar con los datos completos del fallo aludido?. Gracias! Espectador anónimo. Si el empleado sigue realizando algunas tareas se puede, de igual forma, suscribir el acuerdo de suspensión? o necesariamente no puede realizar ninguna tarea? Espectador anónimo Para Florencia: Estos beneficios son también para los empledos del sindicato. que método usan para incorporar personal en la organización? Quien es el prestador del servicio de salud en ENEL? Para Florencia. Pre-Pandemia, tenían Home Office? y Post-Pandemia consideran mantenerlo? bajo qué regimen? y respecto al reconicimiento por antiguedad cada cuantos años lo dan? Muchas gracias. Muy claro todo. Mariano Collica 02:32 PM Qué opinan sobre las intimaciones cursadas de AFIP, para actualizar los domicilios de

SPOT LABORAL 5 : 16 de Junio 2020

Actualización Normativa:  Hector Garcia   Suspensiones /ATP/223bis :   José Zabala   CONSULTAS:  ­­ •  Para Hector: Mas allá del marco legal que tienen las suspensiones, y al ser todo tan variable y dinámico, cuáles son los recaudos que una empresa debe tomar si decide suspender trabajadores por causa de falta de demanda. Espectador anónimo “El recaudo fundamental es que dicha suspensión, tanto individual como colectiva sea el fruto de la concertación y no de la imposición. En el caso de ser colectiva dicha suspensión deberá instrumentarse el acuerdo con el sindicato o en su defecto, existir un acuerdo marco previo entre la entidad sindical y la cámara empresaria (como ocurre en la actividad gastronómica y hotelera o la de comercio y servicios, entre otros), para que la empresa pueda adherir y presentar el listado de los trabajadores a suspender ante el Ministerio de Trabajo. Los otros resguardos previstos en la LCT para suspender no son de aplicación s